Sentencia 932/2024 · Exp. 00428-2023-AA
Sala 2 · Infundada · 2024-07-17
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Esta Sala considera que en el presente caso no se ha acreditado la vulneración de derecho constitucional alguno en perjuicio del afiliado al sindicato recurrente, por cuanto la sanción ha sido aplicada por haber desacatado el trabajador una disposición de su superior, la cual se sustenta en el artículo 15, literales i) y q), y 67 del Reglamento Interno de la empresa emplazada, el Laudo Arbitral 2018-2019, así como en el artículo 9 del Decreto Supremo 003-97-TR. No está de más agregar que el empleador, en uso de su poder de dirección, puede emitir disposiciones laborales ante alguna eventualidad, como la inasistencia a laborar de un trabajador, a fin de que no se vean interrumpidas las labores de la empresa, sin que esto sea de manera repetitiva que vulnere el derecho a la jornada laboral máxima o al descanso, lo cual no se ha acreditado en autos. De vulnerarse sus derechos laborales, el trabajador puede hacerlos valer en la vía laboral ordinaria que cuente con etapa probatoria para ventilar su pretensión.
Texto de la sentencia
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