Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 536/2024 · Exp. 00335-2023-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 536/2024 · Exp. 00335-2023-AA

Sala 2 · Infundada · 2024-05-03

Fundamentos jurídicos relevantes

5. De autos se aprecia que el actor presentó su solicitud de pensión de jubilación en el régimen de jubilación por desempleo, Ley 27617, la cual fue recibida con fecha 26 de marzo de 2003 por AFP Horizonte (hoy Integra AFP) eligiendo una Renta Vitalicia diferida en dólares a través de la Compañía de Seguros INTERSEGURO, suscribiendo los convenios para tal caso. En razón de ello, el accionante a la fecha viene cobrando en calidad de pensionista una renta mensual de $298,66 (doscientos noventa y ocho dólares americanos con sesenta y seis centavos), modalidad suscrita por el actor de forma libre y espontánea, cuya característica principal es la de ser irrevocable, por lo que la persona que opte por esta modalidad de pensión no podrá cambiar a otra modalidad básica o a productos o servicios complementarios dentro de las modalidades básicas de conformidad con el literal a) del artículo 21 de la Resolución 232-98-EF-SAFP, de fecha 19 de junio de 1998.

6. Por consiguiente, habiéndose demostrado que el recurrente solicitó una pensión de jubilación con arreglo a la Ley 27617, y no a la Ley 27252, en el año 2003, y que, como consecuencia de ello, eligió una modalidad de renta temporal con renta vitalicia diferida (de forma libre y personal), la cual tiene carácter irrevocable conforme se ha mencionado en el fundamento precedente, este Tribunal juzga que corresponde desestimar la demanda.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 00335-2023-AA
Número de sentencia: 536/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-05-03
Fecha de publicación: 2024-05-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP) y otro
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión minera
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión minera

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 536/2024, Exp. 00335-2023-AA, 2024-05-03. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.