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Tribunal Constitucional

Sentencia 489/2024 · Exp. 00163-2023-AC

Sala 2 · Infundada · 2024-04-12

Fundamentos jurídicos relevantes

8. En tal sentido, se confirma que la Ley 29944, vigente cuando se emitió la Resolución Directoral 2824-2018- GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC, tan solo contempla el pago de subsidio por luto y sepelio para los profesores activos, mas no para los docentes cesantes, condición que tenía la causante del actor a la fecha de fallecimiento de su madre. [...]

10. Por ende, conforme a lo indicado supra, dado que la emisión del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral 2824-2018- GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC no constituye un mandato exigible en esta vía, corresponde desestimar la pretensión de la parte demandante.

11. En consecuencia, resulta aplicable al presente caso el numeral 4 del artículo 66 del Nuevo Código Procesal Constitucional, el cual establece que, cuando el mandato sea contrario a ley, se debe desestimar la demanda.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 00163-2023-AC
Número de sentencia: 489/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2024-04-12
Fecha de publicación: 2024-04-26
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Proceso de cumplimientoCumplimiento de resolución administrativapago de subsidio por luto y sepelio para profesores activosmandato contrario a ley
Tesauro
Acción de cumplimiento

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 489/2024, Exp. 00163-2023-AC, 2024-04-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.