Sentencia 1596/2024 · Exp. 00107-2023-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2024-11-20
Fundamentos jurídicos relevantes
6. Al respecto, conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal sobre la materia, el análisis de la valoración y la suficiencia probatoria que sustentan la imposición de la medida de internamiento preventivo son asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional; y en el caso de autos, se advierte que la Sala superior ha realizado el análisis correspondiente conforme se advierte del considerando “v.3” del apartado “v.- Fundamentos de esta Sala superior” de la Resolución 3, de fecha 20 de setiembre de 2019.
7. En consecuencia, respecto a los argumentos analizados en los fundamentos del 4 al 6 supra resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
17. Siendo así, se verifica que la decisión judicial cuestionada se encuentra, no solo mínima y suficientemente motivada, sino que cumple con el estándar de motivación calificada que corresponde a las medidas restrictivas de libertad, al haberse explicado ampliamente, y con base en diversas actuaciones contenidas en el expediente, las razones por la que al beneficiario se le impuso la medida de internamiento preventivo.
Texto de la sentencia
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