Sentencia 1064/2024 · Exp. 00046-2024-HC
Sala 1 · Improcedente · 2024-10-10
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Sobre el particular, esta Sala del Tribunal Constitucional advierte de los Antecedentes Judiciales de Internos 571052, 571048, 571049 y 571056 del Servicio de Información vía web de la Dirección de Registro Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario que los señores [nombre omitido] ingresaron en el Establecimiento Penitenciario de Tumbes el 26 de julio de 2023, mientras que la señora [nombre omitido] ingresó el 17 de agosto de 2023, siendo trasladada al E.P. Sullana (por clausura del pabellón de mujeres); ello en mérito a la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado de Tumbes en el Expediente 760-2023; de manera que la restricción de la libertad personal de los favorecidos proviene de un mandato judicial y no de la detención policial cuestionada en la demanda.
8. Por ello, en el caso de autos no existe necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la sustracción de la materia por haber cesado los hechos que en su momento sustentaron la interposición de la demanda, conforme a lo dispuesto por el artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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