Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 177/2022 · Exp. 00003-2021-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 177/2022 · Exp. 00003-2021-AA

Sala 2 · Infundada · 2022-07-06

Fundamentos jurídicos relevantes

15. En el presente caso, si bien ha quedado acreditado que don [nombre omitido] padecía de incapacidad permanente parcial con 50 % de menoscabo, y que el siniestro ocurrió el 9 de octubre de 2012, conforme a lo determinado por el Comité Médico AFP-COMAFP, mediante el Dictamen de Evaluación y Calificación de Invalidez 0921-2013, de fecha 14 de marzo de 2013 (f. 32), de lo expuesto en los fundamentos 10 y 11 supra, se evidencia que no contaba con un mínimo de cuatro aportaciones mensuales a la AFP en el curso de los ocho meses calendario anteriores al mes de ocurrencia del siniestro —9 de octubre de 2012—, conforme a los requisitos exigidos en el artículo 64 de la Resolución 232-98-EF/SAFP.

16. Así, al comprobarse que don [nombre omitido] en los ocho meses calendario anteriores al 9 de octubre de 2012 (fecha de ocurrencia del siniestro) esto es, por el periodo comprendido de febrero a setiembre de 2012, solo efectuó aportaciones en los meses de junio y julio de 2012, se concluye que no tiene derecho a la cobertura del seguro reclamado; en consecuencia, la presente demanda debe ser desestimada.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 00003-2021-AA
Número de sentencia: 177/2022
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2022-07-06
Fecha de publicación: 2022-07-27
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión de invalidezcálculo de pensión
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión de invalidez

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 177/2022, Exp. 00003-2021-AA, 2022-07-06. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.