Inicio › Jurisprudencia › Improcedente: Se precisa que el amparo constitucional tampoco puede entenderse como una prolongación de las instancias de la jurisdicción…
Jurisprudencia · SPIJImprocedente: Se precisa que el amparo constitucional tampoco puede entenderse como una prolongación de las instancias de la jurisdicción…
Expediente 26351-2025 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2026-01-11
Sumilla
IMPROCEDENTE. SE PRECISA QUE EL AMPARO CONSTITUCIONAL TAMPOCO PUEDE ENTENDERSE COMO UNA PROLONGACIÓN DE LAS INSTANCIAS DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA, DE MODO QUE EN SU SENO NO SE PUEDEN REPROPONER CUESTIONES QUE HAN SIDO DILUCIDADAS POR ÉSTA, AL NO VERSAR SOBRE DERECHOS FUNDAMENTALES DE ORDEN PROCESAL.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26351-2025
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2026-01-11
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 26351-2025. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2026-01-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
7a68375d7eff58f4c7e4a456c3c8b991d546a77e65f6c1e3167daae8c986081a
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:59 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
