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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se precisa que el amparo constitucional tampoco puede entenderse como una prolongación de las instancias de la jurisdicción…

Expediente 26351-2025 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2026-01-11

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE PRECISA QUE EL AMPARO CONSTITUCIONAL TAMPOCO PUEDE ENTENDERSE COMO UNA PROLONGACIÓN DE LAS INSTANCIAS DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA, DE MODO QUE EN SU SENO NO SE PUEDEN REPROPONER CUESTIONES QUE HAN SIDO DILUCIDADAS POR ÉSTA, AL NO VERSAR SOBRE DERECHOS FUNDAMENTALES DE ORDEN PROCESAL.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26351-2025
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2026-01-11

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 26351-2025. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2026-01-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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