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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se concluye que no se ha acreditado la vulneración del derecho al uso del agua de riego de los demandantes. Siendo que estos…
Expediente 00568-2024-0-2801-JR-CI-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-11-02
Sumilla
INFUNDADA. SE CONCLUYE QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO AL USO DEL AGUA DE RIEGO DE LOS DEMANDANTES. SIENDO QUE ESTOS, NO TIENEN RECONOCIMIENTO DEL DERECHO DE USO DEL AGUA DE RIEGO POR LA AUTORIDAD DE AGUAS, CIRCUNSTANCIA QUE CONSTITUYE REQUISITO SINE QUANON PARA GOZAR DE DICHO DERECHO, CONFORME A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS N° 29338, ANTES TRANSCRITO, CONCORDANTE CON EL ARTÍCULO 78 DEL REGLAMENTO DE DICHA LEY.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00568-2024-0-2801-JR-CI-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-11-02
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00568-2024-0-2801-JR-CI-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-11-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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