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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se precisa que no se ha acreditado la vulneración al derecho a la debida motivación de las resoluciones, al apreciarse que el…
Expediente 03816-2024-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-09-12
Sumilla
INFUNDADA. SE PRECISA QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN AL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES, AL APRECIARSE QUE EL ACTOR NO CUESTIONÓ ANTE EL SUPERIOR JERÁRQUICO EL EXTREMO DE LA DETERMINACIÓN DE LA PENA, TODA VEZ QUE SE VERIFICA QUE SOLO CUESTIONÓ LA FALTA DE MEDIOS PROBATORIOS PARA QUE SE DECLARE SU RESPONSABILIDAD.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03816-2024-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-09-12
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 03816-2024-PHC/TC. , 2025-09-12. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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