Inicio › Jurisprudencia › Infundada: En el presente caso, no se acredita vulneración del derecho a la prueba, ya que la denegatoria de los nuevos medios…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: En el presente caso, no se acredita vulneración del derecho a la prueba, ya que la denegatoria de los nuevos medios…

Expediente 02560-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-09-09

Sumilla

INFUNDADA. EN EL PRESENTE CASO, NO SE ACREDITA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PRUEBA, YA QUE LA DENEGATORIA DE LOS NUEVOS MEDIOS PROBATORIOS FUE DEBIDAMENTE FUNDAMENTADA EN RESOLUCIONES EMITIDAS DURANTE EL PROCESO, CONFORME A DERECHO Y SIN ARBITRARIEDAD.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02560-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-09-09

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02560-2023-PHC/TC. , 2025-09-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
4ed1c1a0a729cf8932d2ea8f5b2df0f9996cec74aabef3f5e8e96869bc715bdc
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:57 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.