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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se aprecia que la sala de mérito efectuó una interpretación sistemática y concordada del artículo 118º de la ley…
Casacion 51603-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-09-04
Sumilla
INFUNDADO. SE APRECIA QUE LA SALA DE MÉRITO EFECTUÓ UNA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA Y CONCORDADA DEL ARTÍCULO 118º DE LA LEY UNIVERSITARIA, JUNTO CON OTROS PRECEPTOS LEGALES RELACIONADOS, PARA CONCLUIR QUE LA REINVERSIÓN DE EXCEDENTES EN UNIVERSIDADES PRIVADAS DEBE ENFOCARSE EN MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA, ESPECIALMENTE A TRAVÉS DEL FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN. EN ESTE MARCO, EL ARTÍCULO 12º DEL DECRETO SUPREMO Nº 006-2016-EF, ES COMPATIBLE CON EL ORDENAMIENTO LEGAL.
Artículos citados 1
D.S. 006-2016-EF, art. 12Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 51603-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-09-04
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 51603-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-09-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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