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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se precisa que, conforme a criterio uniforme y reiterado, el recálculo de la bonificación por preparación de clases prevista…
Casacion 2100-2024-LIMA ESTE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-09-04
Sumilla
FUNDADO. SE PRECISA QUE, CONFORME A CRITERIO UNIFORME Y REITERADO, EL RECÁLCULO DE LA BONIFICACIÓN POR PREPARACIÓN DE CLASES PREVISTA EN EL ARTÍCULO 48° DE LA LEY N° 24029 DEBE CALCULARSE CONSIDERANDO LA TOTALIDAD DE CONCEPTOS REMUNERATIVOS PERCIBIDOS ENTRE EL 21 DE MAYO DE 1990 Y EL 31 DE AGOSTO DE 2009, INCLUYENDO AQUELLOS ESTABLECIDOS EN LOS DIVERSOS DECRETOS DE URGENCIA Y DECRETOS SUPREMOS SEÑALADOS EN AUTOS, PUES CONSTITUYEN REMUNERACIÓN Y DEBEN ENTENDERSE SEGÚN SU VERDADERA NATURALEZA, MÁS ALLÁ DE SU DENOMINACIÓN NORMATIVA.
Artículos citados 1
Ley N.° 24029, art. 48Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 2100-2024-LIMA ESTE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-09-04
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 2100-2024-LIMA ESTE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-09-04. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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