Inicio › Jurisprudencia › Fundado: En atención al decreto de urgencia n° 034-98 y el decreto supremo n° 082-98-ef, se determina que la bonificación del fondo…
Jurisprudencia · SPIJFundado: En atención al decreto de urgencia n° 034-98 y el decreto supremo n° 082-98-ef, se determina que la bonificación del fondo…
Casacion 15464-2021-AREQUIPA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-08-07
Sumilla
FUNDADO. EN ATENCIÓN AL DECRETO DE URGENCIA N° 034-98 Y EL DECRETO SUPREMO N° 082-98-EF, SE DETERMINA QUE LA BONIFICACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE AHORRO PÚBLICO SE ADQUIERE DE MANERA DEFINITIVA AL VERIFICARSE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES, SIN QUE EXISTA NORMA QUE AUTORICE SU RECORTE POSTERIOR POR SUPERAR EL LÍMITE DE S/ 1000.00 DE PENSIÓN, POR ENDE, LA SUSPENSIÓN EFECTUADA POR LA ENTIDAD DEMANDADA CONTRAVIENE EL MARCO NORMATIVO APLICABLE.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 15464-2021-AREQUIPA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-08-07
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 15464-2021-AREQUIPA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-08-07. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
b315ec99231696f63c96373246d60b18ef8024054304a3669fe23dbaf6091b27
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:57 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
