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Jurisprudencia · SPIJFundado: En este caso, conforme lo establecido en la ley nº 28110 y el decreto de urgencia nº 034-98, se verifica que la bonificación…
Casacion 15408-2021-AREQUIPA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-08-07
Sumilla
FUNDADO. EN ESTE CASO, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 28110 Y EL DECRETO DE URGENCIA Nº 034-98, SE VERIFICA QUE LA BONIFICACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE AHORRO PÚBLICO SE CONSOLIDA AL CUMPLIRSE SUS REQUISITOS LEGALES, SIN EXISTIR NORMA QUE AUTORICE SU RECORTE POR SUPERAR POSTERIORMENTE EL LÍMITE PENSIONARIO, DE MODO QUE LA DECISIÓN QUE AVALÓ LA SUPRESIÓN DEL BENEFICIO VULNERÓ LA PROHIBICIÓN LEGAL DE EFECTUAR RECORTES SIN MANDATO JUDICIAL O AUTORIZACIÓN DEL PENSIONISTA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 15408-2021-AREQUIPA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-08-07
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 15408-2021-AREQUIPA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-08-07. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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