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Jurisprudencia · SPIJFundado: En atención a lo establecido mediante la ley n° 27617, se precisa que dicha norma no modificó los requisitos del decreto de…
Casacion 13172-2021-AREQUIPA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-08-07
Sumilla
FUNDADO. EN ATENCIÓN A LO ESTABLECIDO MEDIANTE LA LEY N° 27617, SE PRECISA QUE DICHA NORMA NO MODIFICÓ LOS REQUISITOS DEL DECRETO DE URGENCIA N° 034-98 NI SU REGLAMENTO, POR LO QUE LA BONIFICACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE AHORRO PÚBLICO CORRESPONDE A QUIENES ADQUIRIERON VÁLIDAMENTE TAL DERECHO. ASÍ PUES, SE VERIFICA QUE LA PENSIONISTA CUMPLIÓ LOS REQUISITOS Y PERCIBIÓ LA BONIFICACIÓN HASTA SU RECORTE INDEBIDO, RAZÓN POR LA CUAL CORRESPONDE ORDENAR SU RESTITUCIÓN CON LOS DEVENGADOS E INTERESES CORRESPONDIENTES.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 13172-2021-AREQUIPA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-08-07
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 13172-2021-AREQUIPA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-08-07. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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