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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se colige que, no corresponde aplicar intereses moratorios generados por el exceso de plazo en resolver la demanda y los…
Casacion 36542-2023-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-07-03
Sumilla
INFUNDADO. SE COLIGE QUE, NO CORRESPONDE APLICAR INTERESES MORATORIOS GENERADOS POR EL EXCESO DE PLAZO EN RESOLVER LA DEMANDA Y LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS, CUANDO EL RETRASO ES ATRIBUIBLE AL ESTADO. LO CUAL, SE ENCUENTRA ALINEADO AL PRECEDENTE VINCULANTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LA SENTENCIA N° 3525-2021-PA/TC.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 36542-2023-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-07-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 36542-2023-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-07-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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