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Jurisprudencia · SPIJ

Se precisa que la parte demandada debe efectuar el pago íntegro del monto que ordena su propia resolución, por concepto de…

Expediente 00786-2021-0-1706-JR-CI-05 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-07-03

Sumilla

SE PRECISA QUE LA PARTE DEMANDADA DEBE EFECTUAR EL PAGO ÍNTEGRO DEL MONTO QUE ORDENA SU PROPIA RESOLUCIÓN, POR CONCEPTO DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, Y, EN ESTE CASO, NO SE ADVIERTE LA REMISIÓN DE PRUEBA ALGUNA QUE DETERMINE QUE HA CUMPLIDO CON EFECTUAR EL PAGO DEL SALDO ADEUDADO AL RECURRENTE.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00786-2021-0-1706-JR-CI-05
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-07-03

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00786-2021-0-1706-JR-CI-05. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-07-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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