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Jurisprudencia · SPIJSe precisa que la parte demandada debe efectuar el pago íntegro del monto que ordena su propia resolución, por concepto de…
Expediente 00786-2021-0-1706-JR-CI-05 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-07-03
Sumilla
SE PRECISA QUE LA PARTE DEMANDADA DEBE EFECTUAR EL PAGO ÍNTEGRO DEL MONTO QUE ORDENA SU PROPIA RESOLUCIÓN, POR CONCEPTO DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, Y, EN ESTE CASO, NO SE ADVIERTE LA REMISIÓN DE PRUEBA ALGUNA QUE DETERMINE QUE HA CUMPLIDO CON EFECTUAR EL PAGO DEL SALDO ADEUDADO AL RECURRENTE.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00786-2021-0-1706-JR-CI-05
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-07-03
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00786-2021-0-1706-JR-CI-05. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-07-03. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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