Inicio › Jurisprudencia › Fundada: Se establece que la falta de disponibilidad presupuestaria, no es una condición válida para incumplir con mandatos como el…
Jurisprudencia · SPIJFundada: Se establece que la falta de disponibilidad presupuestaria, no es una condición válida para incumplir con mandatos como el…
Expediente 02176-2021-0-1706-JR-CI-07 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-07-02
Sumilla
FUNDADA. SE ESTABLECE QUE LA FALTA DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA, NO ES UNA CONDICIÓN VÁLIDA PARA INCUMPLIR CON MANDATOS COMO EL ESTABLECIDO EN EL PRESENTE CASO, MÁS AÚN SI SE CONSIDERA QUE MEDIANTE ESTE, SE RECONOCE UNA OBLIGACIÓN DE CARÁCTER ALIMENTARIA, CUYA ATENCIÓN DEBE SER PRIORIZADA POR LA PARTE DEMANDADA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02176-2021-0-1706-JR-CI-07
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-07-02
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02176-2021-0-1706-JR-CI-07. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-07-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
209a530a3df92cc46e1faba44db8f67c3378b794cca8541c512246c2a067bd90
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:55 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
