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Jurisprudencia · SPIJ

Fundada: Se concluye que la entidad demandada deberá cumplir con lo dispuesto en la resolución directoral n° 035-2015-gr.lamb/geresa/…

Expediente 00211-2022-0-1706-JR-CI-05 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-07-02

Sumilla

FUNDADA. SE CONCLUYE QUE LA ENTIDAD DEMANDADA DEBERÁ CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 035-2015-GR.LAMB/GERESA/ Y EFECTUAR EL PAGO DE LA DEUDA RECONOCIDA A FAVOR DE LA RECURRENTE, MÁS AUN SI SE TOMA EN CUENTA QUE ES DE CARÁCTER LABORAL – PREVISIONAL Y QUE HA TRANSCURRIDO TIEMPO CONSIDERABLE SIN QUE LA ENTIDAD CUMPLA CON EL MANDATO, NO SIENDO ADMISIBLE QUE SE CONDICIONE EL PAGO A RAZON DE LA DISPONIBILIDAD FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00211-2022-0-1706-JR-CI-05
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-07-02

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00211-2022-0-1706-JR-CI-05. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-07-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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