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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se aprecia que, la entidad recurrente deberá reconocer la naturaleza remunerativa y el carácter previsional que ostenta la…
Casacion 17557-2018-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2022-07-12
Sumilla
INFUNDADO. SE APRECIA QUE, LA ENTIDAD RECURRENTE DEBERÁ RECONOCER LA NATURALEZA REMUNERATIVA Y EL CARÁCTER PREVISIONAL QUE OSTENTA LA BONIFICACIÓN POR FUNCIÓN JURISDICCIONAL QUE PERCIBIÓ EL DEMANDANTE DE FORMA LIBRE Y EN LIBRE DISPOSICIÓN, EN TAL SENTIDO, SE DEBE EFECTUAR EL REINTEGRO CORRESPONDIENTE POR DICHOS BENEFICIOS A FAVOR DEL ACCIONANTE.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 17557-2018-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2022-07-12
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 17557-2018-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2022-07-12. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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