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Jurisprudencia · SPIJ

Fundada: Se observa de autos que la razón por la cual se denegó el pedido de pensión presentado por el viudo se debió a que a la fecha…

Expediente 01192-2023-0-1706-JR-DC-07 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-06-18

Sumilla

FUNDADA. SE OBSERVA DE AUTOS QUE LA RAZÓN POR LA CUAL SE DENEGÓ EL PEDIDO DE PENSIÓN PRESENTADO POR EL VIUDO SE DEBIÓ A QUE A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO DE SU CÓNYUGE NO TENÍA 60 AÑOS DE EDAD Y NO TENÍA UN ESTADO DE INVALIDEZ Y EN DICHA SENTENCIA, EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ FUNDADA LA DEMANDA, DECLARÓ LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01192-2023-0-1706-JR-DC-07
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-06-18

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01192-2023-0-1706-JR-DC-07. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-06-18. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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