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Jurisprudencia · SPIJEn el presente caso no se ha acreditado la vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales…
Expediente 04131-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-06-05
Sumilla
EN EL PRESENTE CASO NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES. TENIENDO EN CUENTA QUE, EL COLEGIADO DEMANDADO DESARROLLÓ LOS FUNDAMENTOS SUFICIENTES RELACIONADOS A JUSTIFICAR SU DECISIÓN EN CONTRA DEL FAVORECIDO.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04131-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-06-05
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 04131-2023-PHC/TC. , 2025-06-05. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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