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Jurisprudencia · SPIJ

Fundada: Se precisa que la omisión de analizar por qué razón las gratificaciones de julio y diciembre no deben ser tomadas en cuenta…

Expediente 00357-2020-0-1706-JR-CI-05 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-27

Sumilla

FUNDADA. SE PRECISA QUE LA OMISIÓN DE ANALIZAR POR QUÉ RAZÓN LAS GRATIFICACIONES DE JULIO Y DICIEMBRE NO DEBEN SER TOMADAS EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA REMUNERACIÓN DE REFERENCIA A PARTIR DE LO PREVISTO POR LA LEY Nº 29351 SÍ ES RELEVANTE PARA LA ABSOLUCIÓN DEL GRADO, PUES SÓLO SE HA ANALIZADO SI DICHAS GRATIFICACIONES SON ORDINARIAS O EXTRAORDINARIAS.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00357-2020-0-1706-JR-CI-05
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-27

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 00357-2020-0-1706-JR-CI-05. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-05-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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