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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se concluye que, en el caso particular, corresponde declarar la improcedencia de la demanda, en mérito a lo dispuesto en el…

Expediente 03232-2024-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-05-08

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE CONCLUYE QUE, EN EL CASO PARTICULAR, CORRESPONDE DECLARAR LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA, EN MÉRITO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL. EN OTROS TÉRMINOS, SE HA PRODUCIDO LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA, PUES A LA FECHA YA NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE SUSPENDER EL CONTRATO DE TRABAJO SIN GOCE DE HABER, EN CASO NO SE ACREDITE EL ESQUEMA DE VACUNACIÓN CONTRA EL COVID-19.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03232-2024-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-08

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03232-2024-PA/TC. , 2025-05-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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