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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: A raíz de la evaluación del caso, se desprende que se ha desestimado la excepción de prescripción extintiva propuesta, ya que…

Expediente 02866-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-05-08

Sumilla

INFUNDADO. A RAÍZ DE LA EVALUACIÓN DEL CASO, SE DESPRENDE QUE SE HA DESESTIMADO LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA PROPUESTA, YA QUE AÚN NO HABÍA TRANSCURRIDO EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 44 DEL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL, ACTUALMENTE, ARTÍCULO 45 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL. CABE RESALTAR QUE LA DECISIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN 45 SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE FUNDAMENTADA. EN CONSECUENCIA, CORRESPONDE DESESTIMAR LA DEMANDA.

Artículos citados 1

Código Procesal Constitucional, art. 44Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02866-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-08

Fuente oficial

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Citar como

Expediente 02866-2023-PA/TC. , 2025-05-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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