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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se observa que la sentencia de vista ha sido correctamente fundamentada al aplicar el principio de primacía de la realidad y…
Casacion 27016-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-02
Sumilla
INFUNDADO. SE OBSERVA QUE LA SENTENCIA DE VISTA HA SIDO CORRECTAMENTE FUNDAMENTADA AL APLICAR EL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD Y EVIDENCIAR LA DESNATURALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TERCERIZACIÓN SUSCRITOS ENTRE LAS CODEMANDADAS, DADA LA FALTA DE AUTONOMÍA EMPRESARIAL DE LA EMPRESA TERCERIZADORA. EN EFECTO, LA PRUEBA APORTADA DEMUESTRA QUE LOS SERVICIOS NO FUERON PRESTADOS DE MANERA AUTÓNOMA, SINO QUE CONSTITUYEN UNA PROVISIÓN DE PERSONAL, LO QUE JUSTIFICA EL RECONOCIMIENTO DE UN CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADO ENTRE EL DEMANDANTE Y LA EMPRESA PRINCIPAL.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 27016-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-05-02
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 27016-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-05-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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