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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: De lo expuesto, se colige que no corresponde aplicar al caso de autos el artículo 5 de la ley marco del empleo público ni el…

Casacion 26166-2022-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-05-02

Sumilla

INFUNDADO. DE LO EXPUESTO, SE COLIGE QUE NO CORRESPONDE APLICAR AL CASO DE AUTOS EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY MARCO DEL EMPLEO PÚBLICO NI EL PRECEDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECAÍDO EN EL EXPEDIENTE 05057-2013-PA/TC, DADO QUE LA DEMANDANTE MANTENÍA UNA RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER INDETERMINADO RECONOCIDA CON CALIDAD DE COSA JUZGADA. EN TAL SENTIDO, SU CESE POR LA EXTINCIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA CONSTITUYÓ UN DESPIDO FRAUDULENTO, CORRESPONDIENDO, POR TANTO, SU REPOSICIÓN EN EL CARGO QUE DESEMPEÑABA.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 26166-2022-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-05-02

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 26166-2022-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-05-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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