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Jurisprudencia · SPIJImprocedente: De la revisión de autos, se establece que debe declararse la improcedencia de la demanda, de conformidad con el inciso 2 del…
Expediente 00313-2024-0-0401-JR-DC-01 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-04-30
Sumilla
IMPROCEDENTE. DE LA REVISIÓN DE AUTOS, SE ESTABLECE QUE DEBE DECLARARSE LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA, DE CONFORMIDAD CON EL INCISO 2 DEL ARTÍCULO 7 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL. EN OTROS TÉRMINOS, EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ES UNA VÍA IGUALMENTE SATISFACTORIA AL PROCESO DE AMPARO, TODA VEZ QUE EN EL PRIMERO SE PUEDE SOLICITAR LA NULIDAD DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00313-2024-0-0401-JR-DC-01
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-30
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00313-2024-0-0401-JR-DC-01. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-04-30. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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