Inicio › Jurisprudencia › Infundado: A partir del análisis del caso, se vislumbra que el derecho a la pensión de jubilación minera que reconoce el artículo 2 de…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: A partir del análisis del caso, se vislumbra que el derecho a la pensión de jubilación minera que reconoce el artículo 2 de…

Expediente 04295-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-04-20

Sumilla

INFUNDADO. A PARTIR DEL ANÁLISIS DEL CASO, SE VISLUMBRA QUE EL DERECHO A LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN MINERA QUE RECONOCE EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY N° 25009 DEBE INTERPRETARSE EN CONCORDANCIA CON EL DECRETO LEY N° 19990. ASÍ PUES, LA ALUSIÓN A UNA PENSIÓN COMPLETA NO SIGNIFICA QUE SEA ILIMITADA, SIN TOPES, Y QUE SU OTORGAMIENTO SE GENERE SIN CONSIDERAR LAS CONDICIONES COMUNES A TODOS LOS ASEGURADOS. EN ESE CONTEXTO, NO SE HA VULNERADO EL DERECHO CONSTITUCIONAL ALEGADO POR EL DEMANDANTE, POR ENDE, SE DEBE DESESTIMAR SU DEMANDA.

Artículos citados 1

Ley N.° 25009, art. 2Cita
Extraídos del texto de forma automática.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04295-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-20

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04295-2023-PA/TC. , 2025-04-20. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
472b60bb60a4136c198f6a0b7197feb9ee0c3070b90782e48b1102b45f79f81d
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:50 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.