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Jurisprudencia · SPIJFundado: En este caso, se determina que el demandante tiene derecho a percibir la bonificación por gran incapacidad desde el 21 de…
Casacion 27870-2023-HUAURA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-04-14
Sumilla
FUNDADO. EN ESTE CASO, SE DETERMINA QUE EL DEMANDANTE TIENE DERECHO A PERCIBIR LA BONIFICACIÓN POR GRAN INCAPACIDAD DESDE EL 21 DE NOVIEMBRE DE 2006, AL ACREDITARSE QUE DESDE ESA FECHA PADECE UNA ENFERMEDAD PROGRESIVA QUE REQUIERE EL CUIDADO PERMANENTE DE OTRA PERSONA. POR LO TANTO, EN APLICACIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES A LA SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL, SE RECONOCE EL BENEFICIO CONFORME AL ARTÍCULO 30 DEL DECRETO LEY Nº 19990 Y A LAS 100 REGLAS DE BRASILIA.
Artículos citados 1
D. Ley 19990, art. 30Aplica
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 27870-2023-HUAURA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-04-14
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 27870-2023-HUAURA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-04-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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