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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se concluye que la remuneración personal prevista en el artículo 52 de la ley nº 24029 debe reajustarse conforme al…

Casacion 25084-2023-SULLANA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-04-14

Sumilla

FUNDADO. SE CONCLUYE QUE LA REMUNERACIÓN PERSONAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY Nº 24029 DEBE REAJUSTARSE CONFORME AL INCREMENTO DE LA REMUNERACIÓN BÁSICA ESTABLECIDO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 105-2001, CORRESPONDIENDO AL DEMANDANTE EL REINTEGRO DEL 2% POR CADA AÑO DE SERVICIOS.

Artículos citados 1

Ley N.° 24029, art. 52Cita
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Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 25084-2023-SULLANA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-04-14

Fuente oficial

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Citar como

Casacion 25084-2023-SULLANA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-04-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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