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Jurisprudencia · SPIJ

Fundado: Se determina que la bonificación personal prevista en el artículo 52 de la ley nº 24029 debe calcularse sobre la remuneración…

Casacion 23736-2023-SULLANA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-04-14

Sumilla

FUNDADO. SE DETERMINA QUE LA BONIFICACIÓN PERSONAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY Nº 24029 DEBE CALCULARSE SOBRE LA REMUNERACIÓN BÁSICA DE S/ 50.00 FIJADA POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 105-2001, CORRESPONDIENDO A LA DEMANDANTE EL REINTEGRO CONTINUO Y LOS INTERESES LEGALES COMO DOCENTE CESANTE DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY Nº 20530.

Artículos citados 1

Ley N.° 24029, art. 52Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 23736-2023-SULLANA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-04-14

Fuente oficial

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Citar como

Casacion 23736-2023-SULLANA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-04-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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