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Jurisprudencia · SPIJSe concluye que, la flagrancia en la comisión de un delito presenta la concurrencia de dos requisitos, estos son, la…
Expediente 01496-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-04-05
Sumilla
SE CONCLUYE QUE, LA FLAGRANCIA EN LA COMISIÓN DE UN DELITO PRESENTA LA CONCURRENCIA DE DOS REQUISITOS, ESTOS SON, LA INMEDIATEZ TEMPORAL Y PERSONAL. SOBRE EL PARTICULAR, NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL DE LOS FAVORECIDOS, TODA VEZ QUE SU DETENCIÓN POLICIAL NO FUE ARBITRARIA, SINO QUE SE REALIZÓ EN UN ESCENARIO DE FLAGRANCIA DELICTIVA RELACIONADO CON LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE DISTURBIOS, CONFORME AL ARTÍCULO 33, INCISO 8 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01496-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-05
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01496-2023-PHC/TC. , 2025-04-05. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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