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Jurisprudencia · SPIJFundado: En la presente controversia, se advierte que el plazo de dos días calendario establecido en la resolución n° 0330-2020-jne…
Expediente 04969-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-04-02
Sumilla
FUNDADO. EN LA PRESENTE CONTROVERSIA, SE ADVIERTE QUE EL PLAZO DE DOS DÍAS CALENDARIO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 0330-2020-JNE, PARA EFECTOS DE LA SUBSANACIÓN DE LA INADMISIBILIDAD DE LA FÓRMULA O LISTA DE CANDIDATOS, DEBE ENTENDERSE COMO EQUIVALENTE A LA DURACIÓN TOTAL Y COMPLETA DE LOS DOS DÍAS RESPECTIVOS. EN TAL SENTIDO, DICHA EXTENSIÓN NO PUEDE SER REDUCIDA POR UNA NORMA REGLAMENTARIA DE MENOR JERARQUÍA QUE AFECTE EL CONTENIDO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04969-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-02
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 04969-2022-PA/TC. , 2025-04-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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