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Jurisprudencia · SPIJInfundado: Se aprecia que, en el caso de autos, no se han vulnerado los derechos constitucionales invocados por el recurrente, puesto…
Expediente 04571-2024-0-1301-JR-PE-02 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-02-27
Sumilla
INFUNDADO. SE APRECIA QUE, EN EL CASO DE AUTOS, NO SE HAN VULNERADO LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES INVOCADOS POR EL RECURRENTE, PUESTO QUE LA NO ENTREGA DE SU DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD SE DEBE A SU PROPIA CONDUCTA, TODA VEZ QUE NO HA SUBSANADO, NI REGULARIZADO LAS OBSERVACIONES REALIZADAS EN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, POR LO QUE DEBE REALIZAR LA RESPECTIVA RECTIFICACIÓN EN LA BREVEDAD POSIBLE, A FIN DE TRAMITAR LA OBTENCIÓN EXTEMPORÁNEA DE SU SOLICITUD.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04571-2024-0-1301-JR-PE-02
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-27
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 04571-2024-0-1301-JR-PE-02. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-02-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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