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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: En este caso se vislumbra que, el accionante alega que la amenaza de ejecución del acto lesivo, lo constituye el mandato que…

Expediente 620-2023 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-02-08

Sumilla

IMPROCEDENTE. EN ESTE CASO SE VISLUMBRA QUE, EL ACCIONANTE ALEGA QUE LA AMENAZA DE EJECUCIÓN DEL ACTO LESIVO, LO CONSTITUYE EL MANDATO QUE ORDENA QUE SE LLEVE A CABO EL REMATE DE SU PROPIEDAD, SIN EMBARGO, EL COLEGIADO SUPREMO PRECISA QUE LOS AMPAROS INTERPUESTOS CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES DEBEN PRESENTARSE DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE TIENE LA CONDICIÓN DE FIRME, PERO AL NO HABERSE OBSERVADO TAL PLAZO, CORRESPONDE RECHAZAR LA DEMANDA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 620-2023
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-02-08

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 620-2023. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-02-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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