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Jurisprudencia · SPIJInfundada: De autos se aprecia que, el demandante alega que el concurso para el ingreso al notariado n° 001-2021, convocado por el…
Expediente 00491-2023-0-0401-JR-DC-02 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-21
Sumilla
Entidad: COLEGIO DE NOTARIOS DE LIMA HABRÍA CADUCADO TANTO BAJO LA NORMATIVA DEL DECRETO SUPREMO N° 015-2008-JUS
INFUNDADA. DE AUTOS SE APRECIA QUE, EL DEMANDANTE ALEGA QUE EL CONCURSO PARA EL INGRESO AL NOTARIADO N° 001-2021, CONVOCADO POR EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LIMA HABRÍA CADUCADO TANTO BAJO LA NORMATIVA DEL DECRETO SUPREMO N° 015-2008-JUS, COMO POR EL DECRETO SUPREMO N° 006-2022-JUS, SIN EMBARGO, AL CONOCERSE QUE TRAS LA PRÓRROGA DEL MISMO SE DECLARARON A LOS GANADORES, SE ADVIERTE QUE NO SE CONSTATA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS ALEGADOS.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 00491-2023-0-0401-JR-DC-02
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-21
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 00491-2023-0-0401-JR-DC-02. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2025-01-21. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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