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Jurisprudencia · SPIJInfundado: De lo expuesto en autos, se concluye que la dirección general de capitanías y guardacostas no es la autoridad competente para…
Casacion 18099-2022-CALLAO · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2025-01-17
Sumilla
INFUNDADO. DE LO EXPUESTO EN AUTOS, SE CONCLUYE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS NO ES LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA AUTORIZAR LA EXTRACCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DEL CAUCE DEL RÍO, PUES DICHA FACULTAD CORRESPONDE DE MANERA EXCLUSIVA A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL O PROVINCIAL RESPECTIVA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 28221. SIENDO ELLO ASÍ, LA PARTE RECURRENTE NO SE ENCONTRABA AUTORIZADA PARA IMPONER NINGUNA CLASE DE MULTA RESPECTO A DICHA ACTIVIDAD.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 18099-2022-CALLAO
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2025-01-17
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 18099-2022-CALLAO. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2025-01-17. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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