Inicio › Jurisprudencia › Infundada: Se precisa que, las resoluciones judiciales cuestionadas sí se encuentran debidamente motivadas porque cumplen con justificar…
Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se precisa que, las resoluciones judiciales cuestionadas sí se encuentran debidamente motivadas porque cumplen con justificar…
Expediente 01847-2024-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-01-15
Sumilla
INFUNDADA. SE PRECISA QUE, LAS RESOLUCIONES JUDICIALES CUESTIONADAS SÍ SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE MOTIVADAS PORQUE CUMPLEN CON JUSTIFICAR SU DECISIÓN, EXPONIENDO LAS RAZONES POR LAS CUALES SE CONSIDERA QUE EL REQUISITO DE INSCRIPCIÓN EN LOS PLAZOS PREVISTOS PARA GOZAR DE LA BONIFICACIÓN DEL FONAHPU NO ES EXIGIBLE. EN CONSECUENCIA, CORRESPONDE DESESTIMAR LA DEMANDA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01847-2024-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-15
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01847-2024-PA/TC. , 2025-01-15. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
c0f6789d225c85737bc1987bdcb4dc0bfba1f9a31dd3c2ac0faa9b057e53ec07
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:48 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
