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Infundado: Del análisis del presente caso se concluye que, el auto de vista recurrido que declaró fundada la excepción de caducidad, no…

Casacion 9971-2021-LIMA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-11-29

Sumilla

INFUNDADO. DEL ANÁLISIS DEL PRESENTE CASO SE CONCLUYE QUE, EL AUTO DE VISTA RECURRIDO QUE DECLARÓ FUNDADA LA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD, NO INFRINGIÓ LOS ARTÍCULOS 124 Y 247 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, PUES SE CONCLUYÓ VÁLIDAMENTE QUE LA DEMANDA QUE PERSIGUE LA NULIDAD DE LAS RESOLUCIONES QUE ORDENARON EL PAGO DEL ÍNTEGRO DE LOS INCREMENTOS REMUNERATIVOS OTORGADOS A TRAVÉS DE LOS DECRETOS SUPREMOS EXPEDIDOS ENTRE 1988 A 1992, FUE PRESENTADA FUERA DEL PLAZO LEGAL. POR ESTAS RAZONES, EL RECURSO DE LA ENTIDAD DEMANDANTE DEBE SER DESESTIMADO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 9971-2021-LIMA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-11-29

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 9971-2021-LIMA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-11-29. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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