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Jurisprudencia · SPIJInfundada: En el caso de autos no se ha determinado que el demandado hay vulnerado el derecho a la libertad de transito del demandante…
Expediente 01267-2023-0-0801-JR-PE-03 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-11-27
Sumilla
INFUNDADA. EN EL CASO DE AUTOS NO SE HA DETERMINADO QUE EL DEMANDADO HAY VULNERADO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRANSITO DEL DEMANDANTE, TENIENDO EN CUENTA QUE LA DEMANDANTE EN SU DEMANDA SEÑALA QUE EL DEMANDADO, DESDE EL 25 DE FEBRERO DEL 2023, NO LE DEJA INGRESAR A SU DOMICILIO, LO CUAL NO SE PUEDE RELACIONAR Y SEÑALAR QUE LA SUSPENSIÓN, DEL DEMANDADO HAYA SIDO POR EL IMPEDIMENTO DE NO SER INGRESAR A LA DEMANDANTE A SU TERRENO.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01267-2023-0-0801-JR-PE-03
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-11-27
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 01267-2023-0-0801-JR-PE-03. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2024-11-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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