Inicio › Jurisprudencia › Fundado: Se concluye que, en el presente caso, resulta de aplicación a los trabajadores de pequeñas empresas pesqueras el régimen…
Jurisprudencia · SPIJFundado: Se concluye que, en el presente caso, resulta de aplicación a los trabajadores de pequeñas empresas pesqueras el régimen…
Casacion 7908-2019-DEL SANTA · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-09-19
Sumilla
FUNDADO. SE CONCLUYE QUE, EN EL PRESENTE CASO, RESULTA DE APLICACIÓN A LOS TRABAJADORES DE PEQUEÑAS EMPRESAS PESQUERAS EL RÉGIMEN LABORAL PREVISTO EN EL DECRETO SUPREMO N° 009-76-TR, SIEMPRE QUE SUS INGRESOS BRUTOS ANUALES NO SUPEREN LAS NOVECIENTAS UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS, CONSTITUIDAS CON EMBARCACIONES TRANSFERIDAS POR PESCA PERÚ, SIN CONSIDERAR LA FORMA SOCIETARIA QUE ADOPTEN. EN ESTE SENTIDO, LA DEMANDADA NO CUMPLIÓ CON REUNIR TALES REQUISITOS, TODA VEZ QUE SUPERÓ EL MONTO DE INGRESOS ESTABLECIDOS PARA LAS PEQUEÑAS EMPRESAS DE EXTRACCIÓN DE ANCHOVETA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 7908-2019-DEL SANTA
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-09-19
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 7908-2019-DEL SANTA. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-09-19. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
Huella SHA-256 del contenido guardado:
608b12c5f02983e5a0b7a85d9481b132bbf979462cfdd829ef195b8d00261d9b
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:45 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.
