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Jurisprudencia · SPIJ

Infundado: En el caso concreto, se determina que la facultad de la entidad para imponer la multa por incumplimiento de las normas…

Casacion 16171-2019-JUNÍN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-07-09

Sumilla

INFUNDADO. EN EL CASO CONCRETO, SE DETERMINA QUE LA FACULTAD DE LA ENTIDAD PARA IMPONER LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOCIOLABORALES NO HA PRESCRITO, YA QUE DESDE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, HASTA LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE IMPUSO LA MULTA Y DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, NO SE HA SUPERADO EL PLAZO DE CINCO AÑOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DEL DECRETO SUPREMO N° 019- 2006-TR, VIGENTE EN AQUEL MOMENTO.

Artículos citados 1

D.S. 019, art. 51Cita
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 16171-2019-JUNÍN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-07-09

Fuente oficial

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Citar como

Casacion 16171-2019-JUNÍN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-07-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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