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Jurisprudencia · SPIJInfundado: En el caso concreto, se determina que la facultad de la entidad para imponer la multa por incumplimiento de las normas…
Casacion 16171-2019-JUNÍN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-07-09
Sumilla
INFUNDADO. EN EL CASO CONCRETO, SE DETERMINA QUE LA FACULTAD DE LA ENTIDAD PARA IMPONER LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOCIOLABORALES NO HA PRESCRITO, YA QUE DESDE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, HASTA LA EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE IMPUSO LA MULTA Y DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL, NO SE HA SUPERADO EL PLAZO DE CINCO AÑOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DEL DECRETO SUPREMO N° 019- 2006-TR, VIGENTE EN AQUEL MOMENTO.
Artículos citados 1
D.S. 019, art. 51Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 16171-2019-JUNÍN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-07-09
Fuente oficial
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Citar como
Casacion 16171-2019-JUNÍN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-07-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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