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Jurisprudencia · SPIJImprocedente: Se colige de la evaluación de autos que la interposición de la demanda deviene extemporánea por haber transcurrido en exceso…
Expediente 02653-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-07-09
Sumilla
IMPROCEDENTE. SE COLIGE DE LA EVALUACIÓN DE AUTOS QUE LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA DEVIENE EXTEMPORÁNEA POR HABER TRANSCURRIDO EN EXCESO EL PLAZO REFERIDO EN EL ARTÍCULO 45 DEL CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL.
Artículos citados 1
Código Procesal Constitucional, art. 45Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02653-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-07-09
Fuente oficial
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Citar como
Expediente 02653-2023-PA/TC. , 2024-07-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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