Inicio › Jurisprudencia › Se precisa que la demanda de amparo sólo procede cuando de los hechos y el petitorio se desprende un derecho constitucional…
Jurisprudencia · SPIJ

Se precisa que la demanda de amparo sólo procede cuando de los hechos y el petitorio se desprende un derecho constitucional…

Expediente 33168-2022 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-06-28

Sumilla

SE PRECISA QUE LA DEMANDA DE AMPARO SÓLO PROCEDE CUANDO DE LOS HECHOS Y EL PETITORIO SE DESPRENDE UN DERECHO CONSTITUCIONAL COMPROMETIDO. SOBRE EL PARTICULAR, LOS ARGUMENTOS EXPRESADOS EN LOS AGRAVIOS DEL RECURSO DE APELACIÓN CARECEN DE SUSTENTO, PUES SI BIE LA DEMANDANTE HA DENUNCIADO LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INVOCADOS, NO HA CUMPLIDO CON EXPLICAR LAS RAZONES POR LAS QUE EL CONTENIDO CONSTITUCIONALMENTE PROTEGIDO DE ESTOS SE ENCONTRARÍA COMPROMETIDO.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 33168-2022
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-06-28

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 33168-2022. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2024-06-28. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
c17766e89da121cd25df8484b4e5691432c6c86dbb6031ea3c5e4b58d8a42d61
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:43 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.