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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: Se colige de autos que la demanda se presentó cuando el plazo de 30 días hábiles consagrado en el artículo 45 del nuevo…

Expediente 39117-2022 · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-06-10

Sumilla

IMPROCEDENTE. SE COLIGE DE AUTOS QUE LA DEMANDA SE PRESENTÓ CUANDO EL PLAZO DE 30 DÍAS HÁBILES CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 45 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL YA SE HABÍA VENCIDO LARGAMENTE, SOBRE TODO SI EN DICHO LAPSO DE TIEMPO NO SE REPORTÓ SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS PROCESALES, POR LO QUE CORRESPONDÍA APLICAR LA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA PREVISTA EN EL INCISO 7 DEL ARTÍCULO 7 DEL CÓDIGO ANTES SEÑALADO.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Poder Judicial
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 39117-2022
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-06-10

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 39117-2022. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Poder Judicial, 2024-06-10. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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