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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se advierte que, en el presente caso, corresponde otorgar el reintegro del pago de la bonificación especial mensual por…
Casacion 12224-2023-SAN MARTÍN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-05-14
Sumilla
FUNDADO. SE ADVIERTE QUE, EN EL PRESENTE CASO, CORRESPONDE OTORGAR EL REINTEGRO DEL PAGO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL MENSUAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN A LA DEMANDANTE, DE FORMA CONTINUA, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY N° 24029, MODIFICADA POR EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY N° 25212. ASIMISMO, DEBE SER CALCULADA EN MONTO EQUIVALENTE AL TREINTA POR CIENTO DE LA REMUNERACIÓN TOTAL O ÍNTEGRA, MAS NO EN BASE A LA REMUNERACIÓN TOTAL PERMANENTE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO SUPREMO N° 051-91-PCM.
Artículos citados 2
D.S. 051-91-PCM, art. 10Cita
Ley N.° 24029, art. 48Aplica
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 12224-2023-SAN MARTÍN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-05-14
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 12224-2023-SAN MARTÍN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-05-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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