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Jurisprudencia · SPIJFundado: Se infiere que, en el caso de autos, corresponde otorgar y acrecentar la pensión de viudez de la demandante equivalente al…
Casacion 4851-2023-LAMBAYEQUE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-04-29
Sumilla
FUNDADO. SE INFIERE QUE, EN EL CASO DE AUTOS, CORRESPONDE OTORGAR Y ACRECENTAR LA PENSIÓN DE VIUDEZ DE LA DEMANDANTE EQUIVALENTE AL CIEN POR CIENTO DE LA PENSIÓN DE CESANTÍA DE SU CAUSANTE, EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 29 DEL DECRETO LEY N° 20530, TENIENDO EN CUENTA QUE LA RECURRENTE ADQUIRIÓ EL DERECHO A PERCIBIRLA ANTES DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA LEY Nº 28449 QUE MODIFICÓ LA LEY INICIALMENTE SEÑALADA.
Artículos citados 1
D. Ley 20530, art. 29Cita
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Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 4851-2023-LAMBAYEQUE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-04-29
Fuente oficial
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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 4851-2023-LAMBAYEQUE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-04-29. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
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