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Jurisprudencia · SPIJFundada: El tribunal supremo precisa en el siguiente caso que, el reajuste del monto de la pensión vitalicia sólo procederá por cambio…
Casacion 51194-2022-JUNÍN · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-02-13
Sumilla
FUNDADA. EL TRIBUNAL SUPREMO PRECISA EN EL SIGUIENTE CASO QUE, EL REAJUSTE DEL MONTO DE LA PENSIÓN VITALICIA SÓLO PROCEDERÁ POR CAMBIO DEL GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL A INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL O GRAN INCAPACIDAD, SIN EMBARGO, EN AUTOS NO SE ACREDITA NINGUNO DE LOS SUPUESTOS, MOTIVO POR EL CUAL LA DEMANDA DEBE SER DESESTIMADA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 51194-2022-JUNÍN
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-02-13
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Casacion 51194-2022-JUNÍN. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-02-13. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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