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Jurisprudencia · SPIJ

En el caso de autos no se aprecia que la sala superior haya incurrido en infracción normativa, pues no ha desconocido la…

Casacion 3367-2023-LAMBAYEQUE · JURISPRUDENCIA JUDICIAL · 2024-02-13

Sumilla

EN EL CASO DE AUTOS NO SE APRECIA QUE LA SALA SUPERIOR HAYA INCURRIDO EN INFRACCIÓN NORMATIVA, PUES NO HA DESCONOCIDO LA PROHIBICIÓN DE NIVELACIÓN PENSIONES, SINO QUE SU DECISIÓN SE FUNDAMENTA EN EL HECHO DE HABER VERIFICADO QUE EL ACTOR DESEMPEÑÓ FUNCIONES EN LA ENTIDAD DEMANDADA ANTES DE NOVIEMBRE DE 2004, CUANDO SE PRODUJO LA REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DEFINITIVAMENTE PROHIBIÓ LA NIVELACIÓN DE PENSIONES DE LOS CESANTES.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Corte Suprema (casación)
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 3367-2023-LAMBAYEQUE
Tipo: casacion
Fecha de publicación: 2024-02-13

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Casacion 3367-2023-LAMBAYEQUE. JURISPRUDENCIA JUDICIAL · Corte Suprema (casación), 2024-02-13. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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